APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

Referencias a toda la norma

TITULO III - CIRCULACION AEREA
CAPITULO UNICO

Artículo 18

   (Coerción). - La inobservancia de las órdenes impartidas por la
autoridad aeronáutica en materia de circulación aérea, dará derecho al
empleo de la fuerza en los casos y circunstancias que establezca la
reglamentación, quedando excluida toda responsabilidad del Estado por los
daños y perjuicios emergentes.
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