APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

Referencias a toda la norma

TITULO III - CIRCULACION AEREA
CAPITULO UNICO

Artículo 17

   (Verificaciones). - Las autoridades competentes podrán realizar las
verificaciones y tomar las medidas que consideren del caso respecto de las
aeronaves, pasajeros, tripulantes y cosas transportadas, cuando lo estimen
oportuno.
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