APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO XIII
RÉGIMEN INFRACCIONAL
CAPÍTULO VI JUNTA DE CLASIFICACIÓN

Artículo 267

 (Cometidos del Cuerpo Permanente).- El cumplimiento de los cometidos
previstos en los literales A) y E) del artículo 264 de este Código, será
de competencia del Cuerpo Permanente de la Junta de Clasificación.
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