APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO XIII
RÉGIMEN INFRACCIONAL
CAPÍTULO I INFRACCIONES ADUANERAS

Artículo 216

 (Actualización de multas).- Las multas aplicables por infracciones
aduaneras se actualizarán al momento del pago en función de la variación
producida en el valor de la unidad indexada, desde la fecha de la
resolución que la impone hasta el momento) de su efectivo pago, sin
perjuicio de la actualización de los tributos.
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