TÍTULO XI
DISPOSICIONES COMUNES A LA IMPORTACIÓN Y A LA EXPORTACIÓN CAPÍTULO VI
DISPOSICIÓN DE MERCADERÍA
Artículo 184
(Disposición).- Las mercaderías declaradas en situación de abandono y las
sometidas a comiso por la autoridad competente serán vendidas en subasta
pública o serán dispuestas a través de otros modos establecidos en la
legislación aduanera.