Circular N° 5875
La Corte Electoral en acuerdo de 7 del corriente, resolvió hacer saber a las Oficinas Electorales Departamentales que en caso de que el número de personas que se presenten en dichas dependencias el día lunes 19 de diciembre, conforme a lo dispuesto por el numeral 17º de la reglamentación aprobada el 9 de noviembre próximo pasado y reiterada por Circular Nº 5866, lo requiera, se deberá disponer para su atención el personal que sea necesario aunque en todos los casos las correspondientes actas de comparecencia deberán ser firmadas por Jefe y Secretario.
Fuente del Texto: CORTE ELECTORAL
Derogado/a por: Circular Nº 8.821 de 30/04/2012.
CIRCULAR N° 5875
Montevideo, 9 de diciembre de 1988.
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE
Señor Jefe:
La Corte Electoral en acuerdo de 7 del corriente, resolvió hacer saber a las Oficinas Electorales Departamentales que en caso de que el número de personas que se presenten en dichas dependencias el día lunes 19 de diciembre, conforme a lo dispuesto por el numeral 17° de la reglamentación aprobada el 9 de noviembre próximo pasado y reiterada por Circular N° 5866, lo requiera, se deberá disponer para su atención el personal que sea necesario aunque en todos los casos las correspondientes actas de comparecencia deberán ser firmadas por Jefe y Secretario.
Saludo a usted muy atentamente.
RENAN RODRIGUEZ Presidente
ALFONSO MARIO CATALDI Secretario Letrado
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