Circular N° 5688
La Corte Electoral en acuerdo de 5 del corriente, resolvió reiterar a las Juntas Electorales la obligatoriedad de comunicar mensualmente la asistencia de sus Miembros a las Sesiones que celebren, establecidas en el art. 4º de la Reglamentación transmitida por Circular 5291, dado que en caso de no hacerlo se impide la liquidación de los viáticos correspondientes.-
Fuente del Texto: CORTE ELECTORAL
Derogado/a por: Circular Nº 8.821 de 30/04/2012.
CIRCULAR N° 5688
Montevideo, 6 de noviembre de 1986.
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA DEPARTAMENTAL DE
Señor Jefe:
La Corte Electoral en acuerdo de 5 del corriente, resolvió reiterar a las Juntas Electorales la obligatoriedad de comunicar mensualmente la asistencia de sus Miembros a las Sesiones que celebren, establecidas en el art. 4° de la Reglamentación transmitida por Circular 5291, dado que en caso de no hacerlo se impide la liquidación de los viáticos correspondientes.
Asimismo dispuso a fin de facilitar los trámites administrativos, que las mencionadas comunicaciones se efectúen en original y copia.
Saludo a usted muy atentamente.
RENAN RODRIGUEZ Presidente
ALFONSO MARIO CATALDI Secretario Letrado
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