Fecha de Publicación: 23/03/2021
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
ROCHA
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE CHUY

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Chuy, dictada en autos: "GUANARE ASOCIACION AGRARIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADAC/OSANO, JULIAN Y OTRO,CESACION DE CONDOMINIO" IUE 345-188/2012, Por decreto 1689/2015 de fecha 27/11/2015 y 831/2019 de fecha 22/10/2019; SE HACE SABER: Que el día 23/04/2020 a las 14 horas en el Juzgado de Paz Departamental de Chuy, calle Fco. DE LOS SANTOS 575, POR INTERMEDIO DEL Sr. Rematador Manuel Cardoso Olid, Matrículoa 1672, RUT 150045650015, se llevará a cabo en pública subasta, sin base y al mejor postor en dólares americanos, el remate del inmueble rural padrón 4208 de la 9ª sección Catastral de Rocha, que según plano del Agrimensor Roberto Bertolini de junio de 1960, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Rocha el 21 de junio de 1960 con el N° 2.072, se compone de una superficie de 13 hectáreas, 529 metros, 28 decímetros cuadrados y se deslinda así: al Suroeste 130 metros de frente a Camino Vecinal; al Noroeste, 597,10 metros lindando con propiedad de Felipe Motta Niz; al Noreste, 121,50 metros lindando con propiedad de Fortunata Motta Niz; al Oeste, 525 metros lindando con propiedad de Floro B. Carrero y al Sureste, 258 metros,20 centímetros, lindando con propiedad de Hipólita Altez; SE PREVIENE: a) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, el 30 % de su oferta así como la comisión del Rematador correspondiente al 3% de la oferta más IVA. Dicho pago debe realizarse en el acto y si el precio de lo rematado superare las 40.000 UI se hará efectivo mediante Letra de Cambio, Cheque Certificado o Transferencia Electrónica de un Banco de Plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por la Ley 19.210 y su Decreto Reglamentario. b) Que el plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos, contando a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. c) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración. d) Que serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, que ascienden al 1.22 % del precio del remate más el 1% de impuesto municipal. e) Que se desconoce la situación actual ocupacional, así como si existen deudas por aportes a la contribución al BPS, posibles gastos comunes, tributos o consumos. f) Que es criterio de la Sede que solamente podrá descontarse del saldo del precio del remate, lo adeudado por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto Primaria hasta la fecha de la subasta, todo otro gasto requerirá autorización previa para ser imputado. g) Que los títulos de propiedad, la información registral y el expediente, de los que resultan las condiciones en que se vende el inmueble, se encuentran en la Oficina del Juzgado, donde podrán ser examinados libremente por los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en la ciudad de Chuy .- Saluda muy atte: 
 
Chuy, 18 de marzo de 2020.
MARCELO PIETRO BONAVOTA PIAGGIO, Juez Paz Dptal. Int..
                            Única Publicación
 20) $ 6371 1/p 5615 Mar 23- Mar 23
Ayuda