Fecha de Publicación: 12/03/2021
Página: 83
Carilla: 83

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
SÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 7° Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA c/ ANZATEX LTDAEJECUCION HIPOTECARIA" IUE 2-46150/2017, se hace saber que el 15 de abril de 2021 a las 15 y 30 horas en Avenida Uruguay 826 - Montevideo se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Ruc 211743790012 y Presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate sin base, al mejor postor y en dólares del siguiente bien inmueble: Solar de terreno, edificio y mejoras está ubicado en la localidad catastral Montevideo, departamento de Montevideo, zona urbana, padrón sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y siete según plano de mensura y fusión (padrones 68.547 y 118.136) de la Agr. Blanca Inthamousu de marzo de 1994 inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional el 5 de mayo de 1994 con el número 24194, tiene una superficie de 1081 metros 96 decímetros y se deslinda así: 42 metros 98 centímetros de frente al Noroeste a la calle Hernandarías, 25 metros 22 centímetros al noreste, a la calle Comercio, también de frente por ser esquina; 42 metros 89 centímetros al sureste lindando con el padrón 68.548 y 25 metros 20 centímetros al suroeste lindando con el padrón 68.546. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura, y si el precio total de lo rematado superare las UI 1.000.000 se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210, 19.478, sus decretos reglamentarios y ley 19.889. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago ( previstos por la ley 19210, decreto reglamentario y ley 19.889 ). 2) Serán de cargo del adquirente: los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate lo que deberá pagarse en el acto y de acuerdo a la Ley de Inclusión Financiera 19.210 modificativa y sus decretos reglamentarios y será de cargo del expediente: el 1,22% de comisión de venta. 3) El bien no cumple con el artículo 178 de la Ley 17.296. 4) El bien se vende en el estado de conservación y situación jurídica en que se encuentre a la fecha de la subasta, todo en las condiciones que resulten del expediente. 5) Los interesados que concurran al local de remate deberán hacerlo con tapabocas y deberán cumplir con todas las disposiciones sanitarias exigidas por el Poder Ejecutivo. 6) Se desconoce la existencia de arrendamientos, la situación ocupacional del bien y posibles deudas por las construcciones. Los antecedentes, documentación sobre el bien a rematarse y certificados ampliados al 08/03/2021 existentes en el Juzgado están a plena disposición de los interesados, quedando de su cargo toda averiguación complementaria. 7) El bien registra deuda por concepto de Tasa General Municipal, Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, Adicional Mercantil y Tarifa de Saneamiento. 8) El bien se encuentra afectado por el ensanche de la Calle Comercio a 20 metros (10 metros a cada lado del eje). Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones 
 
Montevideo, 10 de marzo de 2021.
JACQUELINE RITA CHICO SALGADO, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 7396 1/p 4539 Mar 12- Mar 12
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