Aviso de Remate N° 28371/025
Fecha de Publicación: 05/11/2025
Página: 97
Carilla: 97
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
DECIMOCTAVO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 18° Turno, dictada en autos: "ANEP - SACA A REMATE" IUE 59-4/2018, se hace saber que el 25 de noviembre de 2025, a partir de las 15:30 horas, en la sede de la Asociación de Rematadores, Uruguay 826, por intermedio del Rematador HÉCTOR AIZPÚN APOLO, Matrícula N° 4298, RUT 190090630019 y en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se procederá a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos, del siguiente bien: Solar de terreno con las construcciones que le acceden empadronado con el número cincuenta y dos mil cuatrocientos catorce, (52.414) del Departamento de Montevideo (egresado del mismo número de padrón), que es parte del solar uno de la manzana G del plano de Agrimensor Raúl Regules de noviembre de 1924 y está señalado con el número 1 en el plano del Agrimensor Alberto de Arteaga de Marzo de 1943, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 9064 el 3 de agosto de 1943, según el cual se compone de una superficie de doscientos noventa y tres metros setenta y cinco decímetros, (293 metros 75 decímetros) que se deslindan así: once metros cuarenta y siete centímetros de frente al Nordoeste a la Avenida de las Instrucciones, cinco metros al Norte sobre la ochava formada con la calle Corneille; dieciséis metros cuarenta y siete centímetros de frente también por el Nordeste a la calle Corneille, por ser esquina; quince metros al sudeste lindando con frente del padrón cincuenta y ocho mil ciento veinticinco; y veinte metros al Sudoeste lindadndo con el solar uno b del plano, hoy padrón ciento setenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos.- SE PREVIENE QUE: 1) A) Que el mejor postor deberá consignar, en el acto del remate, una cifra no inferior al 30% de la oferta efectuada, siguiéndose en todo lo demás con lo previsto por el art. 387.2 lit. f del CGP. B) A los efectos del literal de la norma mencionada precedentemente, se entenderá como rubros a imputar, como parte del precio, los tributos adeudados por el ejecutado que sean necesarios para la escrituración. C) Que vencido el plazo para consignar previsto en el lit. f del art. 387.2, del CGP, el saldo pendiente se ajustará conforme al art. 387.7 inc. 5 del citado texto legal. D) que en caso de incumplimiento en la consignación del saldo del precio o no designación de Escribano para escriturar, se procederá conforme el art. 390 del CGP. E) El inmueble se encuentra ocupado F) Se desconoce la situación contributiva frente a BPS, F) Existe una deuda de tarifa de saneamiento y tributos domiciliarios. 2) El mejor postor deberá también pagar en el acto del remate la comisión del Rematador, o sea el 3,66% IVA incluido; 3) Serán de cargo del expediente la comisión de vendedor del 1,22 % IVA incluido; 4) El plazo para consignar el saldo del precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. 5) El remate se efectúa en las condiciones jurídicas y materiales que resultan del expediente, de la documentación e información registral presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en Rondeau 1750 piso 2° esquina Valparaíso, de la ciudad de Montevideo, debiendo tener presente el art 390 inc. final del CGP. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 03 de noviembre de 2025.
GIOVANNA MARÍA GALLO MARTÍNEZ, Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 8059 1/p 28371 Nov 05- Nov 05
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