DECRETO CONSTITUCIONAL N° 9/979




Fecha de Publicación: 25/10/1979
Página: 225-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 19

  Los cargos de Director General y Subdirector General de la Seguridad Social y de los directores de las unidades administrativas a que se refiere el artículo 14, son de particular confianza.

                          CAPITULO II

                        De sus recursos
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