Sustitúyense los arts. 5, 6, 7, 8 y 9 del "Reglamento para la utilización de los servicios del Puerto de Punta del Este", aprobado por Decreto 273/016, de fecha 5 de setiembre de 2016.
Reglaméntase el régimen de desempeño con dedicación exclusiva, para hasta cuatro funcionarios de la Asesoría Tributaria, creado por el art. 212 de la Ley 20.446, de fecha 16 de diciembre de 2025.
Otórgase en el "Comando General de la Fuerza Aérea", una compensación especial para aquellos funcionarios militares que desempeñen tareas prioritarias o sensibles en las áreas que se determinan, en los términos y condiciones que se indican.
Ratifícase el nuevo valor del Índice Global (IG) previsto en el Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso", aprobado por Decreto 376/002, de fecha 28 de setiembre de 2002.
Fíjanse las condiciones para la cesión de créditos excedentarios generados por las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE), derivados de los certificados de crédito emitidos por la DGI.
Prohíbese el uso de Productos Fitosanitarios de uso agrícola en las formulaciones de tipo Concentrado emulsionable, las sustancias que se especifican.
Promúlgase el Decreto Departamental 004/2026, de fecha 23 de febrero de 2026, por el que se deroga la Ordenanza de Cuidadores de Vehículos, de fecha 26 de mayo de 2004 y sus modificativas.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a lo dispuesto en el art. 9 del Texto Ordenado del Sucive.
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.