Dispónense medidas de seguridad y mecanismos para la utilización de los sistemas de información en la Administración Pública, relativos al monitoreo y contralor de los procesos, garantizando la protección y continuidad de los mismos.
Dispónese la reglamentación de las normas para la promoción de proyectos innovadores, en especial en el área de uso de datos e inteligencia artificial, en el marco de lo establecido por la Ley 20.212, de fecha 6 de noviembre de 2023.
Dispónese el cese con fecha 30 de noviembre de 2025, como Directora Nacional de Medidas Alternativas, de la Sra. Patricia Peralta Cotugno.
Apruébase el aumento del capital accionario en la Corporación Interamericana de Inversiones, y la modificación del Convenio Constitutivo y del Reglamento para la elección de directores ejecutivos de BID Invest.
Apruébase la adhesión al "Convenio sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial" hecho en La Haya, Países Bajos, el 15 de noviembre de 1965.
Déjase sin efecto la autorización otorgada a COMUNICACIÓN TELEVISIVA S.R.L., por Resolución del Poder Ejecutivo 1.173/999, de fecha 14 de diciembre de 1999, para suministrar el servicio de televisión para abonados por el sistema "cable", en la Localidad de Merinos, departamento de Paysandú.
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan en planilla adjunta, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan en planilla adjunta, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan en planilla adjunta, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Ratifícase la Resolución del Ministerio de Educación y Cultura 78/023, de fecha 24 de marzo de 2023, por la que se declaró Monumento Histórico Nacional, la obra vial que forman los dos puentes ondulados, puente Leonel Viera y puente Ing. Alberto Ponce Delgado, ubicados en la Ruta 10 sobre la barra que forma el arroyo Maldonado en su desembocadura en el Océano Atlántico.
Créase el Comité Estratégico de Salud Digital.
Consejo de Salarios del Grupo 1 "Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco", Sub Grupo 07 "Dulces, chocolates, golosinas, galletitas y alfajores, fideerías, panificadoras, yerba, café, té y otros productos alimenticios", Capítulo 4 "Molinos de yerba", por el período comprendido entre el 1° de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027.
Consejo de Salarios del Grupo 14 "Intermediación financiera, Seguros y Pensiones", Capítulo 2.1 "Tarjetas de crédito", por el período comprendido entre el 1° de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027.
Consejo de Salarios del Grupo 15 "Servicios de Salud y Anexos", Sub Grupo "Ambulancias que realizan traslados de pacientes sin asistencia", por el período comprendido entre el 1° de julio de 2025 y el 30 de junio de 2028.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
Aplícase al propietario del vehículo cuya matrícula se detalla, la multa dispuesta en base a la infracción constatadas.
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a lo dispuesto en el art. 9 del Texto Ordenado del Sucive.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a lo dispuesto en el art. 9 del Texto Ordenado del Sucive.
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a lo dispuesto en el art. 9 del Texto Ordenado del Sucive.
Notifícase al propietario del vehículo cuya matrícula se determina, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a lo dispuesto en el art. 9 del Texto Ordenado del Sucive.
Notifícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se determinan, que se constató la contravención a las normas vigentes de tránsito, por lo que correspondería la aplicación de una multa.
Promúlgase el Decreto Departamental 3.273, aprobado por la Junta Departamental de San José, por Resolución 0152/2025, de fecha 6 de octubre de 2025, por el que se dispuso la derogación del lit. b) del art. 9º del Decreto Departamental 2.592/2025, de fecha 8 de octubre de 1990.