APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
CAPITULO 4 - ESTRUCTURA ORGANICA DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Artículo 66-T1

   
   Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior de este 
Título, podrán ser encargados de unidades los funcionarios que revistan 
en los tres grados superiores de cada escalafón y serie correspondiente.
   Dichos encargados de unidad no podrán superar el total de veinticinco,
debiendo establecer el Poder Ejecutivo, en la reglamentación
correspondiente, cuáles serán los mismos.
   Habrá además diez funcionarios cumpliendo tareas de asesoramiento
directo a los jerarcas, percibiendo cuatro de ellos el nivel de
remuneración de encargado de unidad y seis de ellos el de encargado de
sector. (*) 


Fuente: Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, artículo 109º.

(*)Notas:
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s 
FUENTE: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 109 Derogada/o.
Ver en esta norma, artículos: 67 - Título 1 y 68 - Título 1.
Referencias al artículo
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