TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL CAPITULO 8 - TRATADO DE MONTEVIDEO 1980 - CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) Y ACUERDO SOBRE PRIVILEGIOS E INMUNIDADES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION
Artículo 31-T2
Las disposiciones de los artículos 28º y 30º de este Título, no
obligan al Gobierno a conceder a sus nacionales, que sean funcionarios de
ALADI, salvo que desempeñen las funciones de Secretario General o
Secretarios Generales Adjuntos, los privilegios, inmunidades y franquicias
referidos en ellos, salvo en el siguiente caso:
Exención de impuestos sobre salarios y emolumentos percibidos de
ALADI.(*)