APROBADO POR DECRETO N° 194/997


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 10/06/1997
Publicación: 20/06/1997
Aprobado/a por: Decreto Nº 194/997 de 10/06/1997 (actualizado hasta 
1/06/2012).

 Texto Ordenado sustituido por:  TOCAF 2012 de 11/05/2012.

NORMAS CONCORDANTES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo 144

   Los incisos comprendidos en el Presupuesto Nacional deberán
suministrar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto información sobre
los resultados físicos y financieros, de acuerdo con la metodología y
periodicidad que ésta determine.

   Fuente: ley 16.736 de 5/ene/996, artículo 40.
Ayuda