APROBADO POR RESOLUCION N° 13/993




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 24/02/1993
Aprobado/a por: Resolución Nº 13/993 de 12/01/1993.

TITULO I - RESOLUCIONES DELEGATORIAS CON CARACTER GENERAL

1-2(R.597/990)

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1º.- Deléganse en los Ministerios del ramo o en quienes hagan sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la remisión o recepción de comunicaciones a o de otros Poderes u órganos del Estado. 2º.- Quedan excluidas de la presente resolución delegatoria todas aquellas facultades que la ley o la Constitución hayan conferido en forma expresa al Poder Ejecutivo. 3º.- Sin perjuicio de lo establecido en el numeral primero, el Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo, el Ministro delegado someterlas a consideración de este poder. 4º.- Las atribuciones delegadas no pueden ser a su vez, objeto de delegación. 5º.- Los Ministros enviarán a la Secretaría de la Presidencia de la República, copias autenticadas de las comunicaciones que remitan o reciban cuando actúen como delegados, dentro de las cuarenta y ocho horas. Fuente: Resolución Nº 597/990 de 19 de julio de 1990
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