APROBADO POR RESOLUCION N° 13/993




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 24/02/1993
Aprobado/a por: Resolución Nº 13/993 de 12/01/1993.

TITULO I - RESOLUCIONES DELEGATORIAS CON CARACTER GENERAL

1-11(R.12/993)

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1º.- Deléganse en el Ministro respectivo o en quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a la aprobación de la actualización periódica, por autorización legal, de tasas o precios públicos cuya actualización resulte de la aplicación objetiva de índices de publicación oficial. La resolución deberá detallar en su parte expositiva el índice utilizado y los números - índices correspondientes al período ajustado. 2º.- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo anterior, el Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el Ministro delegado someterlas a consideración de ese Poder. 3º.- Las atribuciones delegadas no pueden a su vez ser objeto de delegación. 4º.- La delegación no obsta a lo dispuesto en los artículos 160 y 165 de la Constitución de la República. 5º.- El Ministro enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República, fotocopia de las resoluciones que se dicten en ejercicio de las atribuciones delegadas, dentro de las cuarenta y ocho horas. 6º.- Comuníquese, etc. Fuente: Resolución Nº 12/993 de 12 de enero de 1993
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