(aprobado por Ley N° 9.155)


Texto original


Promulgación: 04/12/1933
Publicación: 20/12/1933

CODIGO PENAL

Versión Oficial publicada el 26.10.1967
                   (Decreto Nº 698/967).

Artículo 286

   (Abuso de autoridad contra los detenidos)
   Con la misma pena será castigado el funcionario público encargado de
la administración de una cárcel, de la custodia o del traslado de una
persona arrestada o condenada que cometiere con ella actos arbitrarios o
la sometiere a rigores no permitidos por los reglamentos.
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