CODIGO GENERAL DEL PROCESO (aprobado por Ley N° 15.982)
Declaración y publicación
414.1 El tribunal declarará abierta judicialmente la sucesión y
ordenará la publicación de edictos, haciéndolo saber a todos los que
tengan interés en ella.
414.2 Los edictos se publicarán conforme con lo dispuesto en el
artículo 89.
Los edictos se publicarán por el término de diez días. (*)
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