CODIGO RURAL (aprobado por Ley N° 10.024)
Prohíbese la venta de bebidas alcohólicas para ser consumidas en las mismas casas de comercio o sus dependencias. Esta prohibición es extensiva a la venta de tales bebidas en reuniones de carreras o por vendedores ambulantes, todo so pena de cuatro pesos de multa que impondrá la policía.Ayuda