Visto: la resolución de 30 de setiembre de 1977 por la cual se
tipificaron las carteras, billeteras, portafolios, bolsos de viaje,
valijas, cartapacios, etc., confeccionados con cueros y descarnes,
terminados.
Resultando: que la Comisión Asesora de Reintegros expresa que se
deslizaron diversos errores al dictarse la citada resolución, por la cual
propone un nuevo texto sustitutivo.
De conformidad: con lo informado por la Comisión Asesora de
Reintegros.
Atento: a lo dispuesto por la ley 13.268 de 9 de julio de 1964, sus
modificativas y concordantes e inciso a) del artículo 3º del decreto
469/975 de 10 de junio de 1975,
SE RESUELVE:
1
Dejar sin efecto la resolución de 30 de setiembre de 1977, a que se hace
mención en la parte expositiva.