EXONERACIONES A LA IMPORTACION DE BIENES. PUERTA DEL SUR S.A. AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO




Promulgación: 28/09/2009
Publicación: 13/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 995
VISTO: la gestión promovida por la empresa Puerta del Sur S.A. tendiente a
que se le autorice la importación de bienes necesarios para el
acondicionamiento y funcionamiento del Aeropuerto Internacional de
Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso".

CONSIDERANDO: que es imprescindible para el funcionamiento sin
interrupciones de dicha terminal aérea, la incorporación de los bienes
enumerados en el listado presentado por la empresa.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 15.637, de 28
de setiembre de 1984, la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998 y los
Decretos Nros. 293/001, de 25 de julio de 2001, 376/002, de 28 de
setiembre de 2002, 153/003, de 24 de abril de 2003, 192/003, de 20 de mayo
de 2003 y 317/003, de 13 de agosto de 2003.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la empresa Puerta del Sur S.A., la importación exonerada en
forma total de todo recargo, incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasas Consulares, Tasa de Movilización de Bultos y en
general todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación de los bienes por el monto imponible total de US$ 1:728.000.oo
(un millón setecientos veintiocho mil dólares de los Estados Unidos de
América) que se detallan en el listado anexo que se ha dado en llamar "Lista No. 34" y que forma parte de esta Resolución.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 990/009 de 
28/09/2009.

RODOLFO NIN NOVOA - ANDRES MASOLLER - GONZALO FERNANDEZ
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