PROMOCION DE OBRAS PUBLICAS. CONTRATO DE CONCESION ENTRE AFE Y LA CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO (CND) PARA LA CONSTRUCCION REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA
A los efectos del control y seguimiento, Corporación Ferroviaria del
Uruguay S.A., deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación a
que refiere el artículo 12 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998,
sobre la ejecución y cumplimiento del contrato referido en el Numeral 1º),
así como la utilización de los beneficios promocionales otorgados en la
presente Resolución.