HOMOLOGACION DE RESOLUCION DE LA FISCALIA DE CORTE Y PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. FISCALIAS LETRADAS DEPARTAMENTALES DE PAYSANDU




Promulgación: 17/03/1988
Publicación: 13/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 281
   Visto: la creación de la Fiscalía Letrada Departamental de Paysandú de
Segundo Turno, dispuesta por el artículo 243 de la ley 15.903 de fecha 10
de noviembre de 1987.

   Resultando: I) Que dicha disposición establece que la Fiscalía de Corte
y Procuraduría General de la Nación determinará provisoriamente, sin
perjuicio de su homologación por el Poder Ejecutivo, los turnos de
actuación de las dos Fiscalías Letradas Departamentales de Paysandú, así
como el criterio de distribución de expedientes en los que deben
intervenir;

   II) La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación por
resolución de fecha 3 de febrero de 1988, dio cumplimiento a lo ordenado
por la disposición legal prealudida, disponiendo turnos aproximadamente
decenales y la distribución por números de fichas pares e impares, de los
expedientes actualmente en trámite.

   Considerando; que es del caso homologar lo actuado por la Fiscalía de
Corte y Procuraduría General de la Nación, a fin de contar, al más breve
plazo posible, con un sistema ordenado de actuación, que permita el normal
cumplimiento del servicio.

   Atento: a lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 243 de la ley
15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987,

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Homológase la resolución de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General
de la Nación por la que se determinan los turnos y criterios de
redistribución de expedientes entre las dos Fiscalías Letradas
Departamentales de Paysandú. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

  Comuníquese a la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación y
Dirección de Justicia del Ministerio de Educación y Cultura, notifíquense
a los actuales Fiscales Letrados Departamentales de Paysandú. Publíquese y
cumplido, archívese.

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