CESION DE CUOTAS SOCIALES. TELEVISION PARA ABONADOS. TV CABLE SAN JOSE S.R.L.




Promulgación: 24/11/1998
Publicación: 04/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1203
Referencias a toda la norma
 VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por "TV CABLE SAN JOSE
S.R.L.", para que se autorice la cesión y transferencia de determinadas
cuotas sociales al señor Marcos Cayetano Marín Taglioretti.

 RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a "TV CABLE SAN JOSE S.R.L.", a suministrar el
servicio de televisión para abonados, en la ciudad de San José,
departamento de San José.

 II) que la sociedad permisionaria, "TV CABLE SAN JOSE S.R.L.", está
integrada por los señores Andrés Pintaluba Benavente, Juan Ignacio Mangado
Cenoz, Francisco Renán Peraza Pistón, Domingo Clyde Pelusso Pérez y
Ricardo José Castillo Zanfini.

 CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 3) y el
numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de
1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. de la
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

 II) que se trata de determinadas cesiones y transferencias de cuotas
sociales al señor Marcos Marín Taglioretti, quien ha cumplido los
requisitos y exigencias establecidos en los Decretos 349/990 de 7 de
agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993 para los cambios de
titularidad.-

 III) que se ha acreditado en autos los contratos de Cesión de Cuotas
Sociales, constando la inscripción en el Registro Público y Nacional de
Comercio, y se han realizado las publicaciones legales correspondientes.

 IV) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, que
establece el artículo 19o. del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990,
para que se pueda hacer modificaciones en la titularidad de las
autorizaciones del servicio de televisión para abonados.

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984 y 14.670 de 23 de junio de
1977, la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, los Decretos 349/990 de 7
de agosto de 1990, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 586/990 de 18 de
diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992 y a lo informado por la
Dirección Nacional de Comunicaciones.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Autorízase la cesión y transferencia de las cuotas sociales de la
sociedad "TV CABLE SAN JOSE S.R.L.", adjudicataria del servicio de
televisión para abonados en la ciudad de San José, del departamento
homónimo, al señor Marcos Cayetano Marín Taglioretti.

2

   Establécese que "TV CABLE SAN JOSE S.R.L." quedará integrada por los
Señores Francisco Renán Peraza Pistón, Andrés Pintaluba Benavente,
Ricardo José Castillo Zanfini y Marcos Cayetano Marín Taglioretti.- (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 290/999 de 04/05/1999 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 965/998 de 24/11/1998 numeral 2.

3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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