VISTO: estos antecedentes por los cuales el Ministerio de Educación y
Cultura, eleva para la aprobación del Poder Ejecutivo el proyecto de
Reglamento que regirá la realización de XLIX Salón Nacional de Artes
Visuales, correspondiente al año en curso;
RESULTANDO: I) que el referido Reglamento no contiene modificaciones de
fondo respecto a los reglamentos aprobados por el Poder Ejecutivo en los
años anteriores, con la sola excepción de la lógica actualización del
monto de los premios a otorgarse, los que han sido acrecentados de
acuerdo con el valor adquisitivo actual de nuestra moneda;
II) que a través de la convocatoria al Salón Nacional de Artes Visuales,
los plásticos recuperan un certamen anual cuya realización se había
interrumpido en 1985;
III) que es indudable la importancia que reviste la reinstalación de
aquél, aspirándose a que por esta vía, le sea restituido el valioso papel
que desempeñó a lo largo de las pasadas cinco décadas;
CONSIDERANDO: I) que a través de la realización del Salón, se posibilita
que los artistas, a través del concurso, den a conocer sus obras,
promoviéndose por esta vía, la preservación y difusión de la creación
artística;
II) que en consecuencia, corresponde aprobar el reglamento de referencia
a efectos de que el Ministerio de Educación y Cultura quede facultado
para realizar los respectivos llamados a los artistas nacionales y
extranjeros, implementándose los demás requisitos necesarios para la
realización de este trascendente certamen plástico;
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Letrada y el Departamento
Financiero Contable del Ministerio de Educación y Cultura;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
CONVOCASE a los plásticos uruguayos y extranjeros a concurrir al XLIX
Salón Nacional de Artes Visuales que se realizará en el mes de agosto de
2001.