TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. TELEVISION ABIERTA. CANAL 12




Promulgación: 30/01/2006
Publicación: 03/02/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 245
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), por la cual se solicita la transferencia de la
titularidad de las acciones de la Empresa "Sociedad Televisora Larrañaga
S.A.", pertenecientes a la señora María Luisa PAULLIER DE GARCIA
MORATORIO, a favor del señor Adolfo CARDOSO GUANI.

RESULTANDO: I) que la señora María Luisa Paullier de García Moratorio por
documento privado de Compraventa de Acciones, suscrito el 30 de diciembre
de 2004, enajenó, por título compraventa y modo tradición a favor del
Ingeniero Adolfo Cardoso Guani acciones de "SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA
S.A.";

II) que en dicho documento el comprador adquirió 47.348 acciones de $ 1
cada una descriptas: del título 14 de la acción Nº 681.596 de la serie A
14, las que representan el 0,221046% del capital de la sociedad.

CONSIDERANDO: I) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones,
informa que el señor Adolfo Cardoso Guani acreditó los requisitos
previstos por el artículo 8 del Decreto 734/978 de fecha 20 de diciembre
de 1978;

II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería estima que no existen impedimentos en acceder a lo solicitado.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley Nº
17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de
1978 y 155/005 de 9 de mayo de 2005, y lo informado por la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones, y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de la titularidad de acciones de la
"Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", titular del Canal 12 de TV de
Montevideo, propiedad de la señora María Luisa PAULLIER DE GARCIA
MORATORIO a favor del señor Adolfo CARDOSO GUANI y en la proporción del
0,221046% del capital de la sociedad.

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.

TABARE VAZQUEZ - MARTIN PONCE DE LEON
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