VISTO: La solicitud de la empresa COBIL S.A. (COMPLEJO TURISTICO "HOSTAL
DEL BOSQUE"), tendiente a modificar el num. 5º de la resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 23 de agosto de 1999, por la que se estableciera el
plazo de exoneración de las inversiones a realizar en el marco del
proyecto de inversión a que dicho acto se refiere.
RESULTANDO: Que la empresa solicita extender el plazo previsto en el
numeral 5º de la mencionada resolución, debido al retraso en la puesta en
marcha del proyecto por razones ajenas a la misma.
CONSIDERANDO: Que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12º de la ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado.
ATENTO: A lo expuesto y lo establecido por el Decreto Nº 291/95 del 2 de
agosto de 1995.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Modifícase el numeral 5º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
23 de agosto de 1999, a fin de establecer que el plazo que regirá la
exoneración de las inversiones se extenderá hasta el 31 de julio del
2001.