VISTO: La solicitud de la empresa NATURIS S.A., de obtener la declaratoria
promocional para la actividad que se propone realizar según su proyecto de
inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales.
RESULTANDO: Que el proyecto presentado tiene como objetivo la construcción
del Hotel Terrazas de la Viuda, que contará con 14 habitaciones, ubicado
en Punta del Diablo, departamento de Rocha.
CONSIDERANDO: I) Que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Turismo y Deporte, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley.
II) Que el proyecto presentado por NATURIS S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998.
ATENTO: A lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998, Decreto 175/003 del 7 de mayo de 2003 y modificativos y
Decreto 455/007 del 26 de noviembre de 2007 y modificativos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
la empresa NATURIS S.A. tendiente a la construcción del HOTEL TERRAZAS DE
LA VIUDA, por un monto de UI 8.607.596, de los cuales U.I. 7.978.323., se
considera inversión elegible.