LLAMADO A LICITACION PUBLICA. REGULARIZACION DEL ASENTAMIENTO APARICIO SARAVIA. SORIANO




Promulgación: 06/10/2004
Publicación: 18/10/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 874
VISTO: las necesidades insatisfechas de vivienda y la situación de 
emergencia habitacional de un importante conjunto de habitantes que se 
encuentran en el asentamiento "Aparicio Saravia", departamento de 
Soriano.-

RESULTANDO: I) que a través del Programa de Regularización de 
Asentamientos Irregulares (PIAI), financiado parcialmente con fondos 
provenientes del Contrato de Préstamo N° 1186-OC/UR del BID, se 
contrataron y efectuaron los trabajos sociales, urbanísticos y 
ambientales necesarios a efectos de implementar la normalización del 
Asentamiento Irregular denominado "Aparicio Saravia".-

II) que con fecha 15 de enero de 2004 el Ministerio de Vivienda, 
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de 
Soriano suscribieron un Convenio por el cual dicha Secretaría de Estado 
provee el financiamiento para el desarrollo de un programa de 
construcción por ayuda mutua de hasta ochenta soluciones habitacionales, 
y el Gobierno Departamental aporta los terrenos necesarios para la 
construcción de dichas viviendas.-

III) que por Nota de 8 de setiembre de 2004, la Representación del BID en 
el país informó que dicho Asentamiento no satisface el cumplimiento de 
requisitos ambientales como para poder considerarlo elegible bajo los 
términos del Contrato antes referido, aunque expresó su preocupación de 
que se procure solución definitiva a los habitantes del Asentamiento.-

CONSIDERANDO: I) la preocupación del Poder Ejecutivo por procurar dar 
atención urgente a las necesidades habitacionales indispensables y de 
regularización del ya citado Asentamiento, mediante la utilización de 
recursos provenientes de Rentas Generales, sin afectar los de 
financiamiento de fuente externa, ni aquellos otros que constituyan su 
contrapartida por lo que dispondrá abocarse, con la celeridad que la 
situación requiere, atender con carácter de prioritario el realojo de 
parte del conjunto de vecinos en tanto se logra la solución definitiva 
para la totalidad de ellos ubicados en la misma área.-

II) que para el logro del propósito antes expresado se considera 
conveniente declarar prioritario al Proyecto 727 "Programa de Integración 
de Asentamientos Irregulares", de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto", del Programa 002 "Planificación del 
Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal para el Sector Público", del 
Inciso 02 "Presidencia de la República", en aplicación de lo dispuesto 
por el artículo 1° de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002.-

III) que se estima que con la aplicación de una reducción del 15% (quince 
por ciento) en los créditos presupuestales asignados al citado Proyecto 
por planillados anexos a la Ley N° 17.296, de 5 de enero de 2001, se 
cumplirá con las metas previstas para el ejercicio.-

ATENTO: a lo expuesto y a los informes de la Dirección Nacional de Medio 
Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio 
Ambiente.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Cométese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el llamado a 
Licitación Pública para la regularización parcial del Asentamiento 
"Aparicio Saravia", del departamento de Soriano, situado en Bulevar 
Aparicio Saravia, continuación Blanes Viale y continuación F. D. 
Roosevelt, según se individualiza en el plano del Ing. Agrim. Horacio 
Lavadie Robles, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina 
Delegada de Soriano, con el N° 8392 de 26 de marzo de 2001.-

2

 La regularización del Asentamiento antes referido se financiará con 
recursos de Rentas Generales que no estén afectados como contrapartida de 
obras del Contrato de Préstamo N° 1186-OC/UR del BID.-

3

 Las viviendas construidas por ayuda mutua en virtud del convenio 
suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y 
Medio Ambiente y la Intendencia Municipal de Soriano, se destinarán en 
primer término a los realojos parciales del área regularizada y en 
segundo lugar a los realojos del área no regularizada que permitan un 
mejoramiento transitorio de las condiciones de vida en esas áreas y como 
parte de una solución definitiva a los habitantes de la zona.-

4

 Establécese que la reducción a que hace referencia el inciso 3° del 
articulo 1° de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002, será del 15% 
{quince por ciento) para el Proyecto 727 "Programa de Integración de 
Asentamientos Irregulares", Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto", del Programa 002 "Planificación del Desarrollo y 
Asesoramiento Presupuestal para el Sector Público" del Inciso 02 
"Presidencia de la República", fijándose los créditos de apertura del 
ejercicio 2004 para dicho Proyecto en $ 203:762.000,00 (pesos uruguayos 
doscientos tres millones setecientos dos mil), a valores de 1° de enero 
de 2004, según la siguiente distribución por fuente de financiamiento:

Financiación                     Importe en $
1.1 Rentas Generales            83:118.512,00
2.1 Endeudamiento Externo      120:643.488,00
Total                          203:762.000,00

5

 Comuníquese, publíquese, etc..-

BATLLE - ALVARO ROSSA - SAUL IRURETA
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