RECOMPOSICION DE CARRERA ADMINISTRATIVA DE FUNCIONARIOS DESTITUIDOS. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 13/01/1986
Publicación: 13/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 22
   Visto: la necesidad de hacer efectivas las reparaciones funcionales
a que se refiere la ley 15.783, de 29 de noviembre de 1985, dentro del
plazo establecido por la misma.

   Resultando: que se encuentran comprendidos en esta situación los
funcionarios que conforme al artículo 25 de la ley 15.737, de 8 de marzo
de 1985, fueron reincorporados en los cargos que ocupaban al momento de
su cese.

  Considerando: I) Que a los efectos de la recomposición de la carrera
administrativa se solicitó el asesoramiento de la Oficina Nacional del
Servicio Civil, la que se expidió con los informes técnicos de 5 de
diciembre de 1985 (División Gestión de Personal) y 19 de diciembre de 1985
(Asesoría Letrada), que hace suyos la Dirección, con fecha 23 de diciembre
de 1985;

  II) El informe elevado por el Departamento de Personal de esta
Secretaría de Estado, de fecha 27 de diciembre de 1985, por el cual se
analizan las situaciones funcionales y se establece la recomposición de
sus carreras, de acuerdo a los criterios fijados por la ley 15.783, de 29
de noviembre de 1985;

  III) Que el Poder Ejecutivo, por resolución de 14 de mayo de 1985,
cometió a esta Secretaría de Estado la efectivización de las medidas
necesarias para la referida regularización.

 Atento: a lo dispuesto por el artículo 59, apartado A), de la
Constitución de la República y de la ley 15.783 de 29 de noviembre de
1985, en sus artículos 1º, 9º, 13 y 16,

      El Ministro Interino de Relaciones Exteriores, en ejercicio
                    de las atribuciones delegadas

                               RESUELVE:

1

     Promuévense al cargo de Ministro del Inciso 06, "Ministerio de
Relaciones Exteriores", Código Bh, Grado 06, a los Ministros Consejeros
Daniel Soto, Carlos Cartolano, Osvaldo Pittaluga y Juan D. Podestá.

MARIO C. FERNANDEZ
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