MODIFICACION DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ARCOMILL S.A.




Promulgación: 27/10/2008
Publicación: 17/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2151
VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de febrero de 2008.

RESULTANDO: Que se declaró promovida de acuerdo a lo establecido en el
artículo 1º de la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del
artículo 1º del Decreto Nº 175/003 de 7 de mayo de 2003, el proyecto de
inversión presentado por la firma ARCOMIL S.A.

CONSIDERANDO: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14 de
febrero de 2008 se estableció que el plazo otorgado a la firma ARCOMILL
S.A. para realizar las inversiones con beneficios, abarcará desde el 1 de
enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008.

II) Que la firma ARCOMILL S.A. solicita una modificación en el plazo de
exoneración de las inversiones.

III) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley
16.906 del 7 de enero de 1998 y la Asesoría Técnica del Ministerio de
Turismo y Deporte, consideran que corresponde acceder a lo solicitado.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y 262/005 de 29 de
agosto de 2005.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Modifícase el numeral 6º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 14
de febrero de 2008, a fin de establecer que el plazo dentro del cual
podrán realizarse las inversiones al amparo de los beneficios
promocionales comprende desde el 1º de enero de 2007 hasta el 31 de
diciembre de 2009.

2

 Vuelva al Ministerio de Turismo y Deporte a sus efectos.

TABARE VAZQUEZ - HECTOR LESCANO - ANDRES MASOLLER
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