HONRAS FUNEBRES. FRANCISCO RODRIGUEZ CAMUSSO




Promulgación: 11/09/2004
Publicación: 21/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 638
VISTO: que en el día de la fecha falleció el Doctor Francisco Rodríguez 
Camusso;

RESULTANDO: que el citado ciudadano desempeñó los cargos de Ministro de 
Estado y Legislador;

ATENTO: a los dispuesto en el artículo 2° del Decreto Ley- N° 14.458 de 
11 de noviembre de 1975 y Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Tribútense honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos mortales 
del Doctor Francisco Rodríguez Camusso.

2

 Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al 
inciso 1° del artículo 1° del Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.

3

 Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.

BATLLE - DANIEL BORRELLI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU
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