DESAFECTACION DE TRAMO DE RUTA NACIONAL. RUTA 62




Promulgación: 22/09/1993
Publicación: 01/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificación como Ruta Nacional el Tramo de Ruta No.
62, desde el 58 km 300 de Ruta Nro. 81 al Paso del Sordo, con una
longitud de 9 Kms. 000 (Departamento de Canelones).

 Resultando: I) Que la citada Dependencia en atención a que el citado
tramo reúne las condiciones para ser considerado camino vecinal,
promueve su desafectación de la jurisdicción nacional ya que su actual
consideración distrae a la mencionada Dirección Nacional de las
importantes tareas a su cargo, disminuyendo la calidad de servicio que
debe brindarse al resto de las Rutas Nacionales cuyo mantenimiento está
a su cargo.

 II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada)
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe No. 482/93 de
fecha 1 de setiembre de 1993, no formula observaciones a que se proceda
a la descalificación de que se trata.

 Atento: A lo establecido en el Decreto-Ley No. 10.382 del 13 de febrero
de 1943.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

      Descalifícase de su carácter nacional pasando a la jurisdicción de
la Intendencia Municipal de Canelones, al tramo de Ruta Nro. 62, desde
el 58 km300 de Ruta Nro. 81 a Paso del Sordo, con una longitud 9Kms 000
de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.

2

   Comuníquese a la Intendencia Municipal de Canelones y vuelva -por su
orden- a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus
efectos. 

LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO
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