INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. MARISCALA. LAVALLEJA




Promulgación: 31/01/1995
Publicación: 13/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 90
      Visto: estas actuaciones por las cuales el señor Gonzalo Ariel
Hernández Pérez solicita autorización para operar un sistema de
televisión para abonados en la localidad de Mariscala, departamento de
Lavalleja.-

     Resultando: que para dicha localidad no se presentaron interesados en
los llamados públicos efectuados, por lo que quedarán desiertos los
mismos.-

     Considerando: I) que se cumplen los extremos exigidos por el artículo
6 del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, para proceder a autorizar la
instalación y funcionamiento del sistema de televisión por cable
solicitado, sin necesidad del llamado público a interesados.-

     II) que posteriormente se recibieron dos solicitudes para operar el
mencionado sistema.-

     III) que del estudio de las ofertas presentadas surge la conveniencia
de adjudicar el sistema de televisión para abonados de obrados, al señor
Gonzalo Ariel Hernández Pérez.-

     Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones
y a lo dispuesto por los Decretos-leyes 14.442 de 21 de octubre de
1975, 14.670 de 23 de junio de 1977 y 15.671 de 8 de noviembre de 1984,
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decretos 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, 349/990 de 7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de
marzo de 1993.-

                      El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

      Declárase desierto el llamado público a interesados para operar un
sistema de televisión para abonados en la localidad de Mariscala
departamento de Lavalleja.-

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS
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