TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. RADIODIFUSION. ESTACION CX 233 A FRECUENCIA 94.5 MHz. YOUNG




Promulgación: 26/12/2007
Publicación: 15/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1573
VISTO: las presentes actuaciones provenientes de la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), que dan cuenta de la gestión
promovida por la Sra. María Cristina Naumov Aksenov, para que se autorice
la transferencia del permiso de radiodifusión de la estación CX 233 A
frecuencia 94.5 MHz de la ciudad de Young, departamento de Río Negro;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 88/000 de fecha
1° de febrero de 2000, se autorizó al Sr. Julio César Pirez Tavares la
utilización de la frecuencia del servicio de radiodifusión de la estación
94.5 MHz, para operar desde la localidad de Young del departamento de Río
Negro;

II) que de acuerdo al contrato de "Cesión de Derechos de Propiedad y
Explotación" de fecha 9 de mayo de 2005 se da cuenta en autos, que el Sr.
Pirez Tavares transfiere a María Cristina Naumov la titularidad del uso de
la frecuencia correspondiente a la estación referida del departamento de
Río Negro, quedando dicha transferencia sujeta a la aprobación del Poder
Ejecutivo de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 586/990 de 18 de
diciembre de 1990;

CONSIDERANDO: I) que la cesionaria ha presentado los requisitos personales
exigidos por el artículo 8° del Decreto N° 734/978 de 20 de diciembre de
1978, en la remisión dada por el artículo 9° de la misma norma;

II) que la cesionaria no es titular de otro medio de radiodifusión, por lo
que se encuentra dentro del límite de autorizaciones permitidas por el
artículo 12 del Reglamento de Radiodifusión, y asimismo ha transcurrido el
plazo de cinco años establecidos por el artículo 16 del mismo cuerpo
normativo, para que pueda accederse a modificaciones en la titularidad de
las autorizaciones del servicio de radiodifusión;

III) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones tributarias
ante la Dirección General Impositiva y con los aportes del Banco de
Previsión Social. Asimismo, se han realizado las publicaciones que exige
el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992;

IV) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 94, literal b de la Ley
N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, compete directamente al Poder
Ejecutivo autorizar el funcionamiento de estaciones de radiodifusión, por
lo que corresponde que sea el mismo Poder que entienda en la transferencia
del permiso otorgado;

V) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, sugiere se autorice la transferencia gestionada;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70
y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, por el Decreto
Ley N° 14.670 de 23 de junio de 1977, los Decretos N° 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, N° 586/990 de 18 de diciembre de 1990, N° 347/992 de 21
de julio de 1992 y Decreto N° 155/005 del 9 de mayo de 2005, y a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia a la Sra. María Cristina Naumov Aksenov, del
permiso de radiodifusión de la estación CX 233 A frecuencia 94.5 MHz de la
ciudad de Young, departamento de Río Negro, perteneciente al Sr. Julio
César Pirez Tavares.

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones para su notificación y demás efectos.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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