DELEGACION DE ATRIBUCIONES




Promulgación: 15/10/1992
Publicación: 13/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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  El Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca remitirá a la Secretaría de la Presidencia de la República fotocopia de las resoluciones que se hubieren dictado en el ejercicio de las atribuciones delegadas o subdelegadas, dentro de las cuarenta y ocho horas de adoptadas.
Referencias al numeral
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