VISTO: La Resolución del Ministerio de Educación y Cultura, en ejercicio
de las atribuciones delegadas, de fecha 24 de octubre de 2013, por la que
se dispuso la intervención de la asociación civil "SOCIEDAD SIRIO
LIBANESA" con sede en el Departamento de Durazno.
RESULTANDO: En esa resolución se estableció que los gastos y honorarios
que insuma la Intervención serán de cargo de la institución,
estableciéndose los mismos en $ 16.000 mas IVA (pesos uruguayos dieciséis
mil) mensuales, cuando en realidad dicha cifra corresponde únicamente a
los honorarios, además de los gastos que pueda insumir la Intervención.
CONSIDERANDO: En esa situación, corresponde disponer la modificación
pertinente.
ATENTO: A lo dispuesto en el numeral 1° apartado n) de la resolución del
Poder Ejecutivo N° 798/968 de 6 de junio de 1968, reglamentaria del
artículo 168 de la Constitución de la República.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
MODIFÍCASE la Resolución del Ministerio de Educación y Cultura, en
ejercicio de las atribuciones delegadas, de fecha 24 de octubre de 2013,
en el solo sentido de establecer que los honorarios de la Sra.
Interventora, que se estiman en $ 16.000 más IVA (pesos dieciséis mil)
mensuales más los gastos que insuma la Intervención serán de cargo de la
asociación civil "SOCIEDAD SIRIO LIBANESA".