VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de enero de 2005,
por la que se dispuso la Intervención de la asociación civil denominada
"COMISION PRO FOMENTO DELTA DEL TIGRE", con sede en el Departamento de
San José, por un plazo de seis meses a partir de la toma de posesión de
su cargo por parte del Interventor nombrado, Escribana LAURA MARIELA
DESEVO LEMA.
RESULTANDO: I) Según consta en obrados, dicha posesión de cargo se
produjo el 31 de enero de 2005.
II) Con fecha 10 de junio de 2005, la citada Interventora presenta un
informe de lo actuado y da cuenta del vencimiento del plazo otorgado sin
que haya terminado de cumplir las tareas asignadas, especificando la
labor futura a realizar.
CONSIDERANDO: Teniendo en cuenta las razones invocadas, es conveniente
disponer la prórroga de la intervención de que se trata, por un plazo de
dos meses a partir del 1 de julio de 2005.
ATENTO: A lo informado por el Servicio de Asociaciones Civiles y
Fundaciones de la Dirección General de Registros, en aplicación de lo
establecido en el Decreto-Ley Nº 15.089 de 12 de diciembre de 1980 y en
el numeral 1º apartado n) de la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 798/968
de 6 de junio de 1968, reglamentaria del artículo 168 de la Constitución
de la República, que permite delegar atribuciones.
EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
en ejercicio de las atribuciones delegadas,
RESUELVE:
PRORROGASE la Intervención dispuesta por Resolución del Poder Ejecutivo
de 17 de enero de 2005, a la asociación civil "COMISION PRO FOMENTO DELTA
DEL TIGRE", con sede en el Departamento de San José, por dos meses a
partir del 1 de julio de 2005, con la finalidad de efectuar los
procedimientos pertinentes a la realización del acto eleccionario en la
referida institución.
COMUNIQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1º y 2º Turno, a la Asesoría
Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la Dirección
General de Registros (Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones)
para la notificación correspondiente y demás efectos.