DELEGACION DE ATRIBUCIONES. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA. PERSONAL ZAFRAL




Promulgación: 04/12/2006
Publicación: 15/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1547
VISTO: la gestión promovida por el Instituto Nacional de Estadística, relativa a disponer de la facultad de efectuar designaciones de personal zafral.

RESULTANDO: I) que existen antecedentes similares delegando la facultad de designar personal para la realización de las diferentes actividades estadísticas que desarrolla el Instituto, en el marco de lo dispuesto por el artículo 127 de la Ley 15.809 de 8 de abril de 1986 y de acuerdo a la delegación de atribuciones conferida al Director del INE por Resolución CM/128 del 20 de marzo de 2001.

II) que dicho régimen permite implementar un procedimiento ágil y efectivo que contribuye al normal desarrollo de las distintas etapas de las actividades estadísticas.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo al artículo 20, inciso 4° de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006, el Poder Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Ley 15.809, de 8 de abril de 1986, podrá efectuar contrataciones de carácter zafral en el Instituto Nacional de Estadística, para la ejecución de tareas sustantivas y de apoyo inherentes a las actividades estadísticas que lleva a cabo la referida Unidad Ejecutora.

II) que las contrataciones a efectuarse a partir del 1° de enero de 2007, fecha en que comenzará a regir la Ley 18.046, se realizarán de acuerdo a la precitada normativa.

III) que la naturaleza del vínculo del personal a contratar será de carácter zafral y no eventual.

IV) que se estima necesario ajustar las referidas designaciones a la nueva normativa delegando en el Director del Instituto Nacional de Estadística la facultad de contratar al personal zafral que cumplirá tareas para la ejecución de las mencionadas actividades, a efectos del oportuno cumplimiento de los cronogramas establecidos.

ATENTO: a lo expresado y a lo dispuesto en los artículos 160 y 168 numeral 24 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros
             
                              RESUELVE:

1

 Delégase en el Director del Instituto Nacional de Estadística la facultad de contratar personal de carácter de zafral, a partir del 1° de enero de 2007, para la ejecución de tareas sustantivas y de apoyo inherentes a las actividades estadísticas que lleva a cabo la citada Unidad Ejecutora.

2

 Las contrataciones deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 20, inciso 4°, de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006.

3

 Las atribuciones delegadas no pueden ser, a su vez, objeto de delegación.

4

 El Instituto Nacional de Estadística deberá elevar copia de las Resoluciones que se dicten en ejercicio de las atribuciones delegadas, a la Secretaría de Presidencia de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la División Contabilidad y Finanzas de la Presidencia de la República, a la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas y al Registro de Contratos Personales de la Oficina Nacional del Servicio Civil.

5

 Comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - MARTIN PONCE DE LEON - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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