TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. SERVICIO DE RADIODIFUSION. RADIO YI. FRECUENCIA 960 KHZ CW96. DURAZNO




Promulgación: 26/11/2013
Publicación: 04/12/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2116
VISTO: la solicitud de transferencia de cesión de derechos de titularidad
de operación de la frecuencia 960 kHz CW 96 "Radio Yí" de la ciudad de
Durazno, Departamento de Durazno, cuyo permisionario "LANROD LTDA",
integrada por Carlos Eduardo y María Laura RODRIGUEZ LANDONI, cede a favor
del Sr. Héctor Mario RIELLI SAN MARTIN.

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 241/005 de 22 de
febrero de 2005, se autorizó a "LANROD LTDA" el uso de la frecuencia 960
kHz CW 96, para operar una estación en la ciudad de Durazno, Departamento
de Durazno.

CONSIDERANDO: I) que por negocio jurídico de fecha 23 de noviembre de 2012
"LANROD LTDA" cede a favor de Héctor Mario RIELLI SAN MARTIN la
titularidad de la explotación correspondiente a la estación de
radiodifusión 960 kHz CW 96 "Radio Yí" de la ciudad de Durazno,
Departamento de Durazno.

II) que el Sr. Héctor Mario RIELLI SAN MARTIN tiene participación en la
sociedad "Radio Durazno S.A." permisionaria del uso de la frecuencia 1430
kHz CW 25 Radio Durazno" que opera en la ciudad de Durazno, de acuerdo a
la Resolución del Poder Ejecutivo N° 73.564 de 23 de febrero de 1995;

III) que asimismo, por Resolución del Poder Ejecutivo N° 811/998 de 9 de
octubre de 1998, es permisionaria del uso de la frecuencia 95.1 MHz Canal
236 "FM 95.1 Radio City" de la ciudad de Durazno, por lo cual cumple con
los requisitos exigidos en la normativa vigente.

IV) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones ante la
Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social, de acuerdo a
lo dispuesto por el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992.

V) que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administración y
Finanzas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, las
partes cedente y cesionaria no mantienen deudas con dicha Unidad.

VI) que se ha cumplido con las publicaciones del llamado a acreedores,
dispuesto por el Decreto N° 347/992 de 21 de julio de 1992.

VII) que se dio cumplimiento a lo dispuesto por los Decretos: N° 353/006
de 2 de octubre de 2006 y N° 186/012 de 6 de junio de 2012, acreditando
debidamente el negocio de transferencia de titularidad del servicio de
radiodifusión de la frecuencia 960 kHz CW 96 "Radio Yí" de la ciudad de
Durazno, y comunicándolo dentro del plazo de 10 días hábiles contados
desde su celebración.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 en
la redacción dada por la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, los
Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978, 347/992 de 21 de julio de
1992, 155/005 de 9 de mayo de 2005, 353/006 de 2 de octubre de 2006 y
186/012 de 6 de junio de 2012, a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de
Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar la transferencia de titularidad del servicio de radiodifusión
de la frecuencia 960 kHz, CW 96, "Radio Yí", de la ciudad de Durazno,
Departamento de Durazno, perteneciente a "LANROD LTDA", integrada por
Carlos Eduardo y María Laura RODRIGUEZ LANDONI, a favor del Sr. Héctor
Mario RIELLI SAN MARTIN.

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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