MEDIO AMBIENTE. ECOLOGIA. TECNOLOGIA NUCLEAR




Promulgación: 26/08/1993
Publicación: 16/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear tendiente a que se actualice el precio de los servicios que presta;

   Considerando: que en el precio propuesto por la referida Dirección Nacional se han tenido en cuenta los costos reales de utilización, incluyendo los costos directos y de amortización de los equipos empleados en la prestación de servicios;

  Atento: a lo dispuesto en los Arts. 165 y 166 de la Ley Nº 15.903 de 1º de noviembre de 1987 y en la Resolución Nº 12/993 de 12 de enero de 1993;

   El Ministro de Industria, Energía y Minería, en Ejercicio de las Atribuciones Delegadas,

                             RESUELVE:

1

   Fíjanse los precios de los servicios de Control de Radioactividad y Control de Matrices Varias, prestados por la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear, en la suma de 8 (ocho) Unidades Reajustables.

2

   Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Teconología Nuclear.

EDUARDO ACHE
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