DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 13/05/1975
Publicación: 29/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1096

Visto: que por el artículo 5º de la ley 14.276, de fecha 27 de setiembre
de 1974, se dispuso la erección de un mausoleo en la Plaza Independencia,
que albergará los restos del Fundador de la Nacionalidad, General Artigas,
en donde recibirán sepultura definitiva.

Resultando: I) Que por decreto 851/974, de fecha 1º de octubre de 1974, se
creó la Comisión Honoraria encargada de entender en todo lo relacionado
con la erección del referido mausoleo;

II) Que por resolución del Poder Ejecutivo 105/975, de fecha 23 de enero
de 1975, se homologó el fallo del jurado honorario que entendió en el
Concurso de Anteproyecto para la Construcción del Mausoleo, proclamándose
a los respectivos ganadores;

III) Que es necesaria la aprobación por el Poder Ejecutivo del proyecto
definitivo y de los pliegos de condiciones generales y particulares para
la referida obra, elaborados por la Comisión Honoraria respectiva.

Considerando: I) La urgencia de proceder de inmediato a la construcción
del referido mausoleo en atención a su carácter de tributo que el Pueblo
Oriental rinde al Fundador de la Nacionalidad en este año del
"Sesquicentenario de los Hechos Históricos de 1825";

II) Que la ejecución de dichas obras, en virtud de su carácter artístico,
debe confiarse a empresas o personas notoriamente especializadas y de
probada competencia en la materia;

III) Que tanto por las razones de mérito señaladas, como por disposiciones
jurídicas expresas, debe descartarse en la especie la aplicación de los
procedimientos de la licitación pública, sin perjuicio de que se utilicen
por la Comisión Honoraria referida, otras formalidades más ágiles y
seguras de selección de la empresa ejecutora de la obra.

Atento: a lo señalado precedentemente y a lo establecido en el artículo
29º, numeral 3º, literales d), i) y k) del Proyecto de Ley de Contabilidad
y Administración Financiera, puesto en vigencia por el decreto 104/968, de
fecha 6 de febrero de 1968, según autorización dada por el artículo 512º
de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967,

El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

Apruébanse los planos del proyecto, de sus elementos constructivos y la
memoria descriptiva y constructiva, así como los pliegos de condiciones
generales y particulares para la construcción del mausoleo que albergará
los restos del Fundador de la Nacionalidad, General Artigas, elaborados
por la Comisión Honoraria encargada de entender en todo lo relacionado con
esta materia.

2

Autorízase a la mencionada Comisión a contratar directamente la
construcción del mausoleo con aquella empresa o persona cuya oferta
contenga las condiciones más favorables para la adjudicación, de entre
aquellas notoriamente especializadas y de probada competencia en la
materia de acuerdo con las bases y pliegos aprobados.

3

Dése cuenta al Tribunal de Cuentas, comuníquese, etc.

BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - EDUARDO CRISPO
AYALA
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