CESION DE ACCIONES. TELECOMUNICACIONES. ABIATAR S.A.




Promulgación: 17/11/2006
Publicación: 29/11/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1172
VISTO: las presentes actuaciones provenientes de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual la empresa ABIATAR S.A., solicita se autorice la transferencia de sus acciones de la empresa Redanil S.A., y Wireless Netwoek Ventures Ltda., a favor de Latin  América Cellular Holdings B.V;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 970/004 de 26 de octubre de 2004, se autorizó a que Lemincor S.A. y Curtiembre Latinoamericana S.A. vendieran las acciones que tenían de Abiatar S.A., a Redanil S.A., en tanto que Wireless Network Ventures Ltda, transferiría sus acciones a Wireless Network Ventures B.V.;

II) que por la misma resolución, el Poder Ejecutivo dispuso que Abiatar S.A. debería comunicar a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), en un plazo determinado, el efectivo traspaso de acciones autorizadas;

III) que dando cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 4º de la Resolución 970/004, Abiatar S.A. comunicó el resultado de las cesiones de acciones autorizadas, manifestando haberse efectuado la cesión de acciones a Redamil S.A., y que no se hizo uso de la autorización concedida en el numeral 2º de la referida resolución, por lo que Wireless Network Ventures no transfirió sus acciones a Wireless Network Ventures B.V.;

IV) que de acuerdo a lo comunicado por Abiatar S.A., el paquete accionario de la empresa quedó integrado por Redanil S.A. con el 68% de las acciones y por Wireless Network Ventures Ltda, con el 32% restante de las acciones, lo que fue recogido por Resolución del Poder Ejecutivo de mayo de 2006;

V) que de acuerdo a lo expresado por la peticionaria en su solicitud de autorización, las transferencias de acciones de las empresas Redanil S.A. y Wireless Network Ventures Ltda, a favor de Latin América Cellular Holding B.V., operará mediante la disolución y liquidación de distintas sociedades de propiedad en forma indirecta de Telefónica Móviles S.A. o la capitalización de acciones en Latin América Cellular Holdings B.V.;

CONSIDERANDO: que en virtud de lo dispuesto por el numeral X del artículo 15 del Decreto 115/003 de 25 de marzo de 2003, corresponde autorizar la transferencia de las acciones de la empresa ABIATAR S.A., la que deberá ser comunicada y acreditada en el plazo que se disponga en el presente acto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, lo dispuesto por los artículos 70 y siguientes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, los Decretos 114/003 y 115/003 ambos de fecha 25 de marzo de 2003 y 155/005 de fecha 9 de mayo de 2005, y lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y la Asesoría Jurídica Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                                RESUELVE:

1

   Autorizar la transferencia de las acciones que las empresas Redanil S.A. y Wireless Network Ventures Ltda. poseen en la sociedad permisionaria de servicios de telecomunicaciones ABIATAR S.A., a favor de Latin América Cellular Holdings B.V.

2

   Declárase que operadas las transferencias solicitadas Abiatar S.A., quedará integrada por la empresa Latin América Cellular Holdings B.V. como única accionista.

3

   Dispónese que ABIATAR S.A., deberá comunicar y acreditar ante la  Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones la transferencia de acciones de referencia, en un plazo de diez días hábiles contado desde el efectivo traspaso de las acciones correspondientes.

4

   Notifíquese, comuníquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - MARTIN PONCE DE LEON
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