HONRAS FUNEBRES. ALEJANDRO ROVIRA




Promulgación: 03/10/1991
Publicación: 18/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: que en el día de hoy falleció el Dr. Alejandro Rovira.

Resultando: que el citado ciudadano desempeñó entre otros cargos el de Ministro de Estado.

Atento: a lo dispuesto en el artículo 2º del decreto ley 14.458 de 11 de noviembre de 1975 y artículo 1º, inciso 1º del decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.

El Presidente de la República  

                            RESUELVE:

1

   Tribútense honores de Ministro de Estado a los restos mortales del doctor Alejandro Rovira. 

2

    Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional conforme al inciso 1º del artículo 1º del decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.

3

    Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc.-

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - ENRIQUE BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO
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