El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), propicia la revocación de la autorización conferida al Grupo de Personas "Comunicar Quebracho Paysandú" (emisora "La Propia");
RESULTANDO: que por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura N° 38/014, de 7 de enero de 2014, se autorizó a ese Grupo de Personas el uso compartido de la frecuencia 88.9 MHz;
CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Asuntos Jurídicos de la URSEC, informa que la emisora no se encuentra emitiendo y sus responsables ya no viven en la ciudad;
II) que, en virtud de lo actuado e informado, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), sugieren proyectar resolución revocatoria;
III) que fue conferida la vista previa de precepto en cumplimiento de las garantías del debido procedimiento;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 18.232, de 22 de diciembre de 2007, el Decreto 500/991 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Revócase la autorización otorgada al Grupo de Personas "Comunicar Quebracho Paysandú" (emisora "La Propia"), por Resolución del Ministerio de Educación y Cultura N° 38/014, de 7 de enero de 2014.