AUTORIZACION A TESFERY S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE SOLAR FOTOVOLTAICA




Promulgación: 16/12/2014
Publicación: 30/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1173
Ver vigencia: Resolución Nº 185/016 de 11/04/2016 numeral 1.
   VISTO: el proyecto presentado por la empresa TESFERY S.A. para la instalación de una central generadora de energía eléctrica de 1 MW de fuente solar fotovoltaica.

   RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica utilizando energía solar como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica.

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es competencia del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;

   II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15.031 de 4 de julio de 1980, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 16.211 de 1° de octubre de 1991, la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, los Decretos del Poder Ejecutivo N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a TESFERY S.A a generar energía eléctrica de fuente solar fotovoltaica, mediante una central generadora de 1 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en el predio empadronado con el número 675 de la segunda Sección Judicial del departamento de Paysandú, paraje Chacras de Paysandú, así como su conexión al Sistema Interconectado Nacional.

2

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico, y oportunamente archívese.

   JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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