REITERACION DEL GASTO CORRESPONDIENTE A LA EXTENSION DEL ACUERDO DE GESTION DE SERVICIOS CON LA ORGANIZACION DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL




Promulgación: 23/12/2019
Publicación: 31/12/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: las actuaciones correspondientes a la ampliación del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo 549/019 de 30 de setiembre de 2019, se autorizó la extensión hasta el 15 de agosto de 2021 del Acuerdo de Gestión de Servicios celebrado entre la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (DINACIA) y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para la ampliación del mismo por hasta un monto de U$S 2.000.000,00 (dólares estadounidenses dos millones con 00/100).

   II) que el Contador Auditor del Tribunal de Cuentas destacado en el Ministerio de Defensa Nacional, con fecha 28 de noviembre de 2019, observó el gasto "por incumplir el artículo 211 b) de la Constitución (la resolución del PE es posterior al inicio y los contratos de los consultores fueron firmados en agosto con anterioridad a dicha resolución e intervención)".

   CONSIDERANDO: que resulta conveniente a los intereses del Estado proceder a la reiteración del presente gasto, debido a la necesidad e interés público de mantener niveles aceptables de Seguridad Operacional en la aviación civil nacional e internacional tal cual está legalmente prescripto.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el literal B) del artículo 211 de la Constitución de la República y por el artículo 114 del "TOCAF", aprobado por el Decreto 150/012 de 11 de mayo de 2012.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Reiterar el gasto correspondiente a la extensión del Acuerdo de Gestión de Servicios con la Organización de Aviación Civil Internacional, hasta el 15 de agosto de 2021 y por un monto de hasta U$S 2.000.000,00 (dólares estadounidenses dos millones con 00/100).

2

   Comuníquese, publíquese, por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional remítase copia al Tribunal de Cuentas y pase al Contador Auditor de dicho Tribunal y al Contador Central de la Contaduría General de la Nación, ambos destacados en el Ministerio de Defensa Nacional, a la Dirección General de Recursos Financieros y a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para conocimiento y demás efectos. Cumplido, oportunamente archívese.      

   TABARÉ VÁZQUEZ - JOSÉ BAYARDI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI
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