HOMOLOGACION DEL "CONVENIO COLECTIVO DE INCORPORACION DE GREMCA Y SUS TRABAJADORES A LA CAJA DE AUXILIOS SETS"




Promulgación: 22/03/2023
Publicación: 28/03/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de homologación del "Convenio Colectivo de incorporación de GREMCA y sus trabajadores a la Caja de Auxilios SETS";

   RESULTANDO: que la referida Caja presentó de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley N.° 18.731 de 7 de enero de 2011 y del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, los siguientes recaudos: a) Convenio Colectivo de incorporación de GREMCA y sus trabajadores a la Caja de Auxilios SETS y b) estudio técnico que demuestra la viabilidad financiera de la referida Caja de Auxilio;

   CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social formuló observaciones, las que fueron subsanadas según informe letrado de fecha 23 de enero de 2023;

   II) que las actuaciones fueron remitidas al Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de realizar el estudio de viabilidad financiera de conformidad con lo previsto en el artículo 31 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;

   III) que realizado el estudio antes mencionado, los asesores del Ministerio de Economía y Finanzas concluyeron en informe final de fecha 10 de marzo de 2022 que: "... no hay otras observaciones a realizar respecto de la sostenibilidad financiera de SETS una vez incorporados GREMCA y sus trabajadores no médicos al Seguro.";

   IV) que con posterioridad y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, las actuaciones fueron remitidas al Banco de Previsión Social; éste concluyó en informe final de fecha 29 de noviembre de 2022 que "... en el presente caso no se realiza modificación del estatuto, el cual se encuentra previamente aprobado, y lo que se pretende es incorporar un nuevo colectivo por lo que entendemos que no surgen elementos que ameriten que esta asesoría se expida.";

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones de los artículos 17 y 23 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, así como de los artículos 30 a 34 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   HOMOLÓGASE el"Convenio Colectivo de incorporación de GREMCA y sus trabajadores a la Caja de Auxilios SETS".

2

   REGÍSTRESE ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial.

   LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES
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