VISTO: la gestión de la empresa PEACE SHIPBUILDING S.A., referente a la
renuncia total a la ejecución del proyecto de inversión que obtuvo la
declaratoria promocional mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
30 de setiembre de 1998
RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería no tiene objeciones en virtud de que las
razones expuestas por la empresa son razonables ya que no se han
utilizado los beneficios otorgados en la mencionada Resolución;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º.
del la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, en base a la recomendación
realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, decide
recomendar al Poder Ejecutivo dejar sin efecto la declaración
promocional;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de
setiembre de 1998 que declara promovido el proyecto de inversión
presentado por la empresa PEACE SHIPBUILDING S.A.